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- CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES - HONORARIOS: De no haberse pactado por las partes, su tasación se puede realizar acudiendo a las tarifas establecidas por el Colegio Nacional de Abogados, dado su carácter de fuente auxiliar del derecho en este ámbito. / TESIS: Hay lugar a declarar que entre las partes, existió un contrato de prestación de servicios profesionales de abogada, la cual desarrolló su gestión con efectividad, alcanzando con éxito lo pretendido por la demandada, en consecuencia ésta deberá pagar los honorarios profesionales, y como los mismos no fueron acordados por las partes, para establecer su monto, en este caso, se acude a las tarifas fijadas por el Colegio Nacional de Abogados, las cuales constituyen apoyo válido a la labor del juez. Titulación Tema Descargar