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- CULPA PATRONAL - / ACCIDENTE DE TRABAJO - CULPA PATRONAL: Sobre la noción de culpa patronal en la ocurrencia de un accidente de trabajo se considera que la responsabilidad que conlleva la indemnización ordinaria y total de perjuicios tiene una naturaleza subjetiva, que amerita además de la demostración del daño a la integridad o a la salud del trabajador con ocasión o como consecuencia del trabajo, la prueba del incumplimiento del empleador a los deberes de protección y seguridad que de modo general le corresponden. / CULPA PATRONAL - CARGA DE LA PRUEBA: Al trabajador le incumbe demostrar la culpa del empleador en la ocurrencia del accidente de trabajo para que éste asuma la indemnización ordinaria y plena de perjuicios. / ACCIDENTE DE TRABAJO - CULPA PATRONAL: Ocurrencia de causa ajena como eximente de responsabilidad, al romper el nexo causal entre el accidente de trabajo y la culpa atribuible al empleador. / TESIS: A la luz de la sana crítica y del análisis conjunto de la prueba adosada al plenario, se determina que no obstante el actor sufrió un accidente laboral, no hay lugar a la condena a la indemnización total y ordinaria de perjuicios, en tanto no se encuentra plenamente comprobada la culpa del empleador en su ocurrencia ni su nexo de causalidad; avizorándose por el contrario, que el hecho ocurrió por la falta de cuidado del propio demandante, quien sin explicación alguna abandonó el sendero destinado para el desarrollo de la tarea asignada, la cual no generaba ningú