- Descriptores
- SISTEMA PENAL ACUSATORIO - ROLES DEL JUEZ, PARTES E INTERVINIENTES: La Constitución Política traza unos límites dentro de los cuales jueces, fiscales y demás actores del sistema pueden actuar o tomar sus decisiones. En su núcleo, esos límites no son otra cosa que las garantías y los derechos fundamentales. / PRINCIPIO DE LEGALIDAD U OBLIGATORIEDAD EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL - La Constitución le confió a la Fiscalía el ejercicio de la acción penal; dicha persecución penal es un verdadero deber jurídico en cabeza de esta entidad, es una obligación, y no una facultad, por lo cual no puede dejar de ejercerla por razones de conveniencia o exceptuar el rigor de su legalidad. / PRINCIPIO DE LEGALIDAD U OBLIGATORIEDAD EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL - RENUNCIA A LA ACCIÓN PENAL: La disponibilidad en el ejercicio de la acción penal de la Fiscalía es excepcional, se reduce al principio de oportunidad y siempre está sujeta a decisión judicial. / PRINCIPIO DE LEGALIDAD U OBLIGATORIEDAD EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL - RETIRO DE CARGOS: Celebrada la audiencia de formulación de acusación, el retiro de cargos resulta inviable, debiendo la Fiscalía llevar el proceso hasta su culminación, siendo factible y de llegarse hasta el juicio oral y darse los presupuestos para ello, solicitar la absolución, lo cual no es un retiro de cargos. / SOLICITUD DE ABSOLUCIÓN - Al ser una mera postulación, no vincula irremediablemente al juez a proferir un fallo absolutorio, pues lo único que lo