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- SANCIÓN POR NO CONSIGNACIÓN DE CESANTÍAS EN UN FONDO - / SALARIO Y TRABAJO SUPLEMENTARIO - CARGA DE LA PRUEBA: Quien judicialmente procure la declaración de derechos en su favor, se encuentra en la imperativa obligación de acreditar los hechos en los que fundamenta sus pretensiones. / TESIS: No hay lugar al reconocimiento del trabajo extra y suplementario, siendo que la demandante no cumplió con la carga de probar la ejecución de actividades por fuera de la jornada legal, ni el número de horas extras, ni el lapso durante el cual las desempeñó; así mismo no es factible tener en cuenta para liquidar los emolumentos laborales un salario superior al mínimo legal, en tanto las declaraciones extraproceso aportadas, además de no haber sido ratificadas ni controvertidas por la parte demandada no brindan certeza sobre tales hechos, al igual que el testimonio rendido por la persona que si compareció a la audiencia a ratificar su dicho. TESIS: Improcedencia de imponer la referida sanción respecto de las cesantías causadas en el año 2012, siendo que conforme la fecha en que se presentó la demanda, la misma se encuentra prescrita al haber transcurrió el terminó trienal. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES - CÁLCULO ACTUARIAL: A cargo del empleador que omita la afiliación del trabajador. / TESIS: Hay lugar a condenar a la demandada al pago del cálculo actuarial por la no afiliación de la trabajadora al sistema de seguridad social en pensiones, por el período contractual laborado dejad