- Descriptores
- DERECHO A LA INTIMIDAD - NO ES ABSOLUTO: En el ejercicio de ponderación de derechos, el de la intimidad debe ceder frente a otros de mayor peso específico, como lo son aquellas prerrogativas anejas a las víctimas en pos de procurar justicia, verdad y reparación, pero además, la necesidad de una material y oportuna impartición de justicia. / DERECHO A LA INTIMIDAD Y DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS - Validez jurídica de grabaciones de conversaciones sostenidas con el acusado. / TESIS: Teniendo en cuenta la ponderación de derechos y dando prevalencia a la búsqueda de la justicia material, el derecho que se tiene a la verdad, a la justicia y a la reparación, la víctima se encuentra revestida de legitimidad jurídica, para, sin mediar orden previa de autoridad judicial competente y sin que el acusado haga expresa o tácita autorización, captar y almacenar la voz y/o la imagen de éste, por lo cual se considera que la grabación del diálogo telefónico sostenido con el procesado es lícita y en consecuencia dotada de vocación probatoria válida para ser aducida en juicio oral, al cumplir con los requisitos establecidos para ello, en tanto la realizó en su condición de sujeto pasivo de la conducta punible, el registro capta una conversación que toca el tema de la perpetración del ilícito y no otro que indebidamente comprometa la intimidad del interlocutor; y lo hizo para pre-constituir prueba judicial. APELACIÓN DE PROVIDENCIAS QUE DECIDEN SOBRE LA PRÁCTICA DE PRUEBAS - EXCLUSIÓN PROBATORIA: Las