- Decisión
- CONFIRMA EL PROVEÍDO PRONUNCIADO EL VEINTITRÉS (23) DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018) POR EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE LA DORADA, EN EL CUAL SE ABSTUVO DE DECRETAR MEDIDAS CAUTELARES SOLICITADAS, DENTRO DEL PROCESO EJECUTIVO ADELANTADO POR LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DE DESARROLLO SOCIAL Y DE ENTIDADES DE SALUD DE CALDAS Y QUINDÍO “COODESCA”, EN CONTRA DE LA SE ORDENA AL JUZGADO DE PRIMER GRADO RESOLVER LA SOLICITUD DE EMBARGO Y RETENCIÓN DE LAS SUMAS DE DINERO EXISTENTES EN LA CUENTA CORRIENTE DEL BANCO DAVIVIENDA, CUYO TITULAR ES EL HOSPITAL DEMANDADO, ROGADA A TRAVÉS DE ESCRITO REMITIDO EL 1 DE DICIEMBRE DE 2017 POR LA PARTE ACTORA.SOCIEDAD ESE HOSPITAL SAN FELIX DE LA DORADA.
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- null - / EMBARGO RECURSOS SALUD - Recursos de la Seguridad Social / TESIS: EMBARGO RECURSOS SALUD/ Recursos de la Seguridad Social/ Sistema General de Participaciones SGP/ Principio de inembargabilidad de recursos públicos/ Principio de la prevalencia del interés general frente al particular/ Recursos derivados de la prestación de servicios de salud/ Posibilidad de embargo para el pago de Títulos Ejecutivos/ PROBLEMA JURÍDICO. ¿Las medidas cautelares solicitadas, recaen sobre recursos inembargables o tales recursos encuadran en alguna de las excepciones efectivas para su procedencia? Tesis. Es claro que, por disposición expresa de las normas procesales y constitucionales que regulan el asunto, las cuentas son inembargables. Ahora, si no fueron atendidas las medidas ordenadas es porque en realidad esos recursos cuentan con la protección excluyente de cautela. La Corte Constitucional ha sostenido con claridad que las normas que establecen la inembargabilidad de bienes públicos deben interpretarse en armonía con los principios constitucionales y derechos fundamentales de las personas, como la dignidad humana, la seguridad jurídica, la propiedad y el acceso a la administración de justicia. Sobre este punto, son excepciones al principio de inembargabilidad: “(i) Satisfacción de créditos u obligaciones de origen laboral con el fin de hacer efectivo el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas . (ii) Pago de sentencias judiciales para garantizar la seguridad jurídica y la re