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- ACCIÓN DE COBRO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES - / ACCIÓN DE COBRO COACTIVO E INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL - Cuando la DIAN ha utilizado la acción preferente de cobro coactivo, no le es dable acudir dual o paralelamente al Incidente de Reparación Integral para perseguir el pago de la misma obligación tributaria y sus intereses moratorios, porque de lo contrario se patrocinaría un abuso del derecho. / INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL - Falta de Legitimidad por Activa. / TESIS: La acción debe iniciarse y culminarse dentro de los 5 años siguientes a la fecha en que se hizo exigible la obligación, so pena de que opere el fenómeno de la prescripción. INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL - No puede utilizarse para revivir la vigencia de deudas tributarias prescritas. / TESIS: Hay lugar a desestimar las pretensiones de la DIAN en el Incidente de Reparación Integral y por consiguiente a absolver civilmente a la condenada, siendo que esta entidad no se encontraba legitimada para adelantar tal incidente, en tanto ya había ejercido las acciones de cobro coactivo para exigir el pago de los perjuicios derivados del delito de omisión de agente retenedor o recaudador, siendo lo procedente, conforme lo consagrado en el Código General del Proceso, norma llamada a regir el tema por el principio de integración normativa, proferir sentencia anticipada desestimatoria de dichas pretensiones; y siendo además, que al haberse extinguido las deudas tributarias por el fenómeno prescriptivo y con ello tam