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- ALLANAMIENTO A CARGOS - / VALIDEZ DEL ALLANAMIENTO A CARGOS PREVIO CUMPLIMIENTO A LAS EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 349 DEL CPP - / NULIDAD DE AUTO APROBATORIO DE UN ALLANAMIENTO A CARGOS - El aFACULTAD EXCEPCIONAL DEL JUEZ DE CONOCIMIENTO / TESIS: Este se encuentra habilitado para intervenir en el fondo de los procesos que se van a finiquitar por vía de allanamientos o preacuerdos, cuando hay violación de garantías fundamentales. TESIS: El artículo 349 del C.P.P. constituye un requisito de procedibilidad de la figura de allanamiento a cargos, cuando se está en presencia de delitos en los cuales se ha podido demostrar la obtención de un incremento patrimonial fruto del mismo. TESIS: La aplicación del contenido del artículo 349 del C.P.P. resulta exigible para eventos en los que se haya producido el acto jurídico de allanamiento a cargos con posterioridad a la emisión de la Sentencia con Radicado 39831 del 27 de septiembre de 2007, sin consideración a la fecha de ocurrencia de los hechos. NULIDAD DE AUTO APROBATORIO DE UN ALLANAMIENTO A CARGOS POR VULNERACIÒN DE GARANTÍAS FUNDAMENTALES - Procedencia por falta de aplicación del contenido del artículo 349 del C.P.P. / TESIS: Hay lugar a la anulación del auto que aprobó la aceptación de cargos, al no haberse dado aplicación al artículo 349 del C.P.P., siendo que para viabilizar su aprobación y obtener las rebajas punitivas, debía reintegrarse por lo menos el 50% del valor equivalente al incremento económico percibido y haber asegurado