- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
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- DAÑO RECURSOS NATURALES - Minería extractiva a cielo abierto / TESIS: ..."Siguiendo la jurisprudencia de la Corte Suprema, le corresponde al Juez dinamizar el principio de lesividad mediante la valoración de la conducta desde la noción del bien jurídico para superar la previsión normativa, que lo hace un concepto estático, para escrutar si en realidad aquella, en las circunstancias concretas, tuvo potencialidad de producir un peligro o un daño, que se pretendía conjurar con la consagración del tipo penal. Ese escrutinio se materializa positivamente en esta especie, porque lo probado demuestra la gravedad del daño causado a los recursos naturales, sin que esas manifestaciones de un comportamiento mantenido en el tiempo hayan podido ser controladas por otras formas de intervención estatal, pese a la significativa trascendencia sobre esos recursos, que como el hídrico y el suelo se afectan irreversiblemente, ofreciendo una dimensión exacta de la necesidad de la intervención del derecho penal como un valladar para contener acciones de este calado"... Fuente Formal : 1. Artículos 8,35 y 331 del CP, Artículos 333 y 334 del CP; Decreto 2811 de 1974 Observaciones : DESCARGUE EL ARCHIVO PARA CONOCER EL CONTENIDO DE LA PROVIDENCIA. Titulación Tema Descargar