- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- CONCILIACIÓN - Al existir solidaridad entre los integrantes de un consorcio frente a las obligaciones derivadas del contrato, de presentarse un acuerdo sobre derechos susceptibles de conciliación, este cubre a todos por igual. / TESIS: Teniendo en cuenta que las partes llegaron a un acuerdo respecto de la existencia de la relación laboral alegada, la pensión sanción y la pretensión subsidiaria atinente al pago de aportes a seguridad social y siendo que se trata de derechos controvertidos y por ende susceptibles de conciliación y al haber confesado el demandado que tal parte de la lid se encontraba conformada por un consorcio, sobre el cual rige el principio de solidaridad, se determina que las sumas conciliadas cubren igualmente a los vinculados al proceso, hayan o no intervenido en la conciliación, debiendo correr la misma suerte del demandado principal, procediendo la terminación del proceso para todos./ Titulación Tema Descargar