- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- INDÍGENAS PRIVADOS DE LA LIBERTAD - PROTECCIÓN DE LA DIVERSIDAD ÉTNICA: Presupuestos. / CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE PRISIÓN EN RESGUARDO INDÍGENA - Procedencia / TESIS: Teniendo en cuenta el trato diferencial que se debe otorgar a los miembros de las comunidades indígenas privados de la libertad, con independencia de que el proceso se haya adelantado por la jurisdicción ordinaria o la especial, en tanto lo que se pretende es la protección a la diversidad étnica que ostentan estas personas, y de contera a su cultura, usos y costumbres autóctonos, hay lugar a disponer que la pena de prisión intramural impuesta a los procesados, se cumpla al interior del territorio del Resguardo Indígena al que pertenecen, siendo que se satisface los requisitos establecidos para ello, al encontrarse acreditada la calidad de indígenas, la identidad cultural indígena y el cabildo cuenta con autoridades encargadas de la vigilancia de dicha pena, lugares adecuados para su cumplimiento y medidas de seguridad. Titulación Tema Descargar