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SENTENCIA — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 73001-31-05-003-2018-00266-01

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Kennedy Trujillo Salas

Fecha: 2020-03-19

Sujetos procesales: DEMANDANTE: LUZ MARINA GONZÁLES DÍAZ EN REPRESENTACIÓN DE NELSON GONZÁLES DÍAZ \ DEMANDADO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES

Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Cuarta de Decisión Laboral Despacho 04 Acta de Audiencia virtual No. ___________ Ibagué, 19 de marzo de 2020 Hora: 15:00 Clase de proceso: Ordinario laboral. Parte demandante: Luz Marina Gonzáles Díaz en representación de Nelson Gonzáles Díaz. Parte demandada: Administradora Colombiana de Pensiones COLPENSIONES Radicación: (43-2019) 73001-31-05-003-2018-00266-01 M. Sustanciador: Kennedy Trujillo Salas Tema: Pensión de sobreviviente - hijo invalido / retroactivo pensional / pago de buena fe Fecha de registro: 27 de febrero de 2020 Acta: 007 de 12 de marzo y 09 de 14 de mayo de 2020 Conforme con lo dispuesto en los artículo 40, 48, 145, 46, 47 y 73 del CPTSS en armonía con lo dispuesto en los artículos 9 y 13 del PCSJA20-11546 y 11549 de 2020, se deja constancia que a este acto comparecieron de manera virtual, los Magistrados que integran la Sala Cuarta, en su orden, Doctores Carlos Orlando Velásquez Murcia, Amparo Emilia Peña Mejía y Kennedy Trujillo Salas quien la preside: 1.

Nombres de las personas que comparecen: Apoderado de la parte demandante: Jesús Asdruval Villareal Rivas c.c. 93’339.075 y T.P. 163.610. Apoderado de la parte demandada: Emerson Varón Modesto c.c. 1.110’472.965 y T.P. 215.225. 2. La parte resolutiva de la decisión adoptada es la siguiente: 008C PRIMERO: Revocar la sentencia proferida el 14 de febrero de 2019 por el Juzgado III Laboral del Circuito de Ibagué en el proceso de Luz Marina González Díaz – Nelson González Díaz contra COLPENSIONES.

SEGUNDO: Declarar parcialmente probados los hechos que sustentan la excepción de imposibilidad de ente de seguridad social de disponer del patrimonio de los coadministrados por fuera de los cánones legales y no probados los hechos que soportan la excepción de prescripción.

TERCERO: Condenar a la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES a pagar a Luz Marina Gonzáles Díaz, en representación de Nelson Gonzáles Díaz, $1.955.603 que corresponde a las mesadas pensionales entre el 11 de septiembre de 2015 y el 31 de enero de 2016 junto con los intereses moratorios de que trata el artículo 141 de la Ley 100 de 1991 a partir del 11 de noviembre de 2015 y hasta cuando se verifique el pago efectivo.

CUARTO: Las costas de ambas instancias se hallan a cargo de COLPENSIONES. Las agencias en derecho de esta instancia se estiman en $877.803.

QUINTO: En oportunidad: devuélvase el expediente al juzgado de origen. Esta decisión se notifica en estrados. La Honorable Magistrada Doctora Amparo Emilia Peña Mejía manifiesta que salva su voto y lo registra en los términos del artículo 279 del CGP. Agotado el objeto de esta audiencia, se declara terminada. Constancia: Esta acta no lleva formato control de asistencia, ni firmas reales, atendiendo a que se surte de forma virtual.

Puede acceder al video de la presente audiencia a través del siguiente link ingresando con una de Microsoft o descargando la aplicación stream. https://web.microsoftstream.com/video/80d74280-f455-428f-94ef-8ad0987a3eac CARLOS ORLANDO VELASQUEZ MURCIA Magistrado AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada – con salvamento de voto KENNEDY TRUJILLO SALAS Magistrado DIANA MARCELA OLAYA CELIS Secretaria