- Decisión
- REVOCA
- Descriptores
- IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE ACCIÓN INVOCADA - No es una facultad, sino una obligación del funcionario judicial / TESIS: Improcedencia de desestimar las pretensiones de la parte demandante, con el argumento de que al mediar entre esta y uno de los demandados un contrato, la responsabilidad que debía alegarse era la contractual y no la extracontractual tal como se formuló en la demanda, en tanto que no existe prohibición de ninguna clase que impida acumular en un mismo juicio las dos modalidades de responsabilidad civil, más cuando atribuyéndose indistintamente, el deber del funcionario judicial es dilucidar los efectos que por ley proceden ante la comprobación de unos hechos debidamente alegados y procesados previamente. RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL - Elementos. / RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL - Elementos / TESIS: Hay lugar a declarar la responsabilidad contractual de la persona jurídica demandada y la responsabilidad extracontractual de las personas naturales que conforman la parte pasiva de la lid y por consiguiente a condenarlos solidariamente a responder por los perjuicios morales causados a la demandante, negándose las restantes reclamaciones indemnizatorias postuladas, siendo que entre la empresa demandada y la actora medió un contrato válidamente celebrado y que su cumplimiento imperfecto emerge del hecho, del reporte negativo de los antecedentes financieros de la demandante que hizo aquella, por la existencia de una mora, pese a que no sólo se les informó,