Micelio

SENTENCIA — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: 73001-31-03-005-2016-00208-02

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Ponente: Ricardo Enrique Bastidas Ortíz

Fecha: 2019-12-10

Sujetos procesales: DEMANDANTE: Elsa García Triana \ DEMANDADO: Municipio de Ibagué y otros

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL FAMILIA DE DECISIÓN IBAGUÉ TOLIMA ACTA AUDIENCIA DE ALEGACIONES Y FALLO Ibagué, diez de diciembre dos mil diecinueve. Proceso: Reinvidicatorio. Demandante: Elsa García Triana. Demandado: Municipio de Ibagué y otros. Radicación: 73001-31-03-005-2016-00208-02.

Conoció en primera instancia el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Ibagué, emitiendo sentencia el 4 de diciembre de 2018 y recurrida por la parte demandante de la Litis. Sala de Decisión: Ricardo Enrique Bastidas Ortiz - Magistrado sustanciador - Luis Enrique González Trilleras Manuel Antonio Medina Varón Hora de inicio: 11.15 am Hora de finalización: 11.41 am.

Duración: veintiséis minutos. 1. SUJETOS E INTERVINIENTES PROCESALES Apoderado de la parte demandante: Dr. Isidro Bermúdez Sánchez, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 91.435.868 y T.P. No. 194.860, asistió. el Pilar Bernal 65.761.413 y Apoderado de la parte demandada: Dra. María Cano, identificada con Cédula de Ciuda T.P. No. 101.005, asistió. 7300 1-3 1-03-005-20 16-00208-02

2. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA. El Magistrado sustanciador declaró reanudada la audiencia delimitando el objeto de la misma y dejó constancia de la asistencia de los intervinientes referidos en precedencia; a continuación, abrió paso a la sentencia que definió la instancia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: 3. DECISION En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, Sala Civil-Familia de Decisión, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley,

RESUELVE

(mm. 23) Primero: Revocar la sentencia proferida el 4 de diciembre de 2018 por el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Ibagué; en su lugar, declarar que pertenece al dominio pleno y absoluto de Elsa García Triana el bien inmueble urbano a que se refiere la demanda de una extensión de "1950.M2" identificado con la matrícula inmobiliaria Nro. 350-165154 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué y denominado "lote zona comunitaria ubicado en el Salado".

Segundo: Negar la restitución del inmueble y las prestaciones mutuas por lo antes considerado. Tercero: Sin condena en costas según se motivó. La sentencia fue adoptada por unanimidad de los Magistrados integrantes de la Sala de Decisión y quedó notificada en estrados, sin recursos interpuestos. No siendo otro el objeto de la presente audiencia se da por terminada.

Esta audiencia es grabada en medio magnético -DVD- adjunto a la presente, se firma por los que en ellaint inieron una vez leída y aprobada el acta corre p ond'e • - - e e - - • s partes. Lir 11, I• 2 Los Magistrado Ri ardo Enrique Bastidas Ortiz Magistrado d. 2016-00208-0 h 73001-31-03-005-2016-00208-02 Manue ntonio Medina Varón Magistrado Rad'. 2016-00208-02 3