- Decisión
- CONFIRMA. ADICIONA: SE DECLARA PROBADA LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DEL DERECHO DE DOMINIO PROPUESTA POR LA ENTIDAD RECONVENIDA.
- Descriptores
- PERTENENCIA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO - Contrato de promesa de compraventa / TESIS: El acervo probatorio muestra con absoluta claridad que confluyen los elementos necesarios para la declaratoria de pertenencia, toda vez que se demostró que el predio que reclama la confesión religiosa demandante es el que figura en cabeza de los demandados como de su propiedad, y que la posesión se encuentra acreditada por las mejoras realizadas, el pago del crédito hipotecario, los impuestos y facturas de servicios públicos, y reúne el requisito de tiempo necesario para que sea declarada la pertenencia del inmueble que ha poseído la congregación actora, toda vez que contado desde el año 1983 a la fecha de presentación de la demanda, 24 de marzo de 2004, han pasado más de 20 años, lapso que se requiere para ganar por prescripción extraordinaria el dominio del predio, razones por las que se pasa a examinar los medios exceptivos formulados por los demandados a fin de establecer si logran enervar las pretensiones de la demanda.- Fuente Formal : CÓDIGO CIVIL ARTÍCULOS: 2531, 775, 762, 2518, 2527. LEY 791 DE 2002, ARTÍCULO 5.CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL: ARTÍCULO 407. Titulación Tema Descargar