- Decisión
- CONFIRMA LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL JUZGADO CUARTO LABORAL ADJUNTO DEL CIRCUITO, EL 21 DE MAYO DE 2010 DENTRO DEL PROCESO ORDINARIO PROMOVIDO POR OSCAR GAITÁN CRUZ CONTRA TERMINAL DE TRANSPORTES DE IBAGUÉ, QUE ABSOLVIÓ A LA PARTE DEMANDADA DE LAS PRETENSIONES INCOADAS, DECLARÓ PRÓSPERA LA EXCEPCIÓN DE INEXISTENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO CONFORME LO EXPUESTO EN LA PARTE MOTIVA DE ESTA PROVIDENCIA
- Descriptores
- CONTRATO DE CONCESIÓN - Ausencia de elementos configurativos del contrato de trabajo Art.23 Código Sustantivo del Trabajo. Inexistencia del ánimo de prestar una labor subordinada / PRUEBA TESTIMONIAL - Vínculo de dependencia. Credibilidad pese a subordinación eventual con el patrono demandado / TESIS: Solicita el recurrente que se revoque la providencia proferida por el A quo y en su lugar se acceda a las pretensiones de la demanda, al considerar que se encuentra plenamente acreditado el vínculo laboral suscitado entre las partes de conformidad con lo previsto en los art. 23 y 24 del CST, pues, los testigos citados a su instancia, exponen claramente “la clase de trabajo” desempeñado, la subordinación y el horario al cual se encontraba sometido. A diferencia de los testimonios surtidos a instancia del demandado, que considera amañados en razón al vínculo de dependencia con el demandado que recae sobre éstos. CONTRATO DE CONCESIÓN - Ausencia de elementos configurativos del contrato de trabajo Art.23 C. S. Trabajo. / TESIS: Inexistencia del ánimo de prestar una labor subordinada. PRUEBA TESTIMONIAL - Vínculo de dependencia / TESIS: Apreciación en conjunto observando uniformidad. Fuente Formal : Código Sustantivo del Trabajo art. 22, 23 Titulación Tema Descargar Relevante