- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- UNIÓN MARITAL DE HECHO Y SOCIEDAD PATRIMONIAL ENTRE COMPAÑEROS PERMANENTES - Diferencia y Prescripción de la acción / PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD - Diferencia / APELACIÓN ADHESIVA - Oportunidad / DEBIDO PROCESO - No se vulnera al proferirse sentencia sin las pruebas testimoniales para las cuales se comisionó / SENTENCIA SIN PRUEBAS TESTIMONIALES PARA LAS CUALES SE COMISIONÓ - No es violatorio del debido proceso / SENTENCIA - Sin prueba testimonial por comisión no vulnera el debido proceso / TESIS: Con sentencia de 16 de diciembre de 2011 culminó la primera instancia, en ella se declaró que entre Luz Stella Useche Triviño y Benjamín Tovar Molina existió una unión marital de hecho entre el año 1999 y el 7 de junio de 2008, no obstante, acogió la excepción de prescripción de la acción alegada respecto a la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes. Fuente Formal : Código de Procedimiento Civil art. 183, 353 inc.4 \ Decreto nu. 1260 de 1970 art. 1 \ Ley nu. 54 de 1990 art. 8 \ Código Civil art. 2530, 2541 Observaciones : FUENTE JURISPRUDENCIAL: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, MAG. PTE. DR. WILLIAM NAMÉN VARGAS, SENTENCIA DE 11 DE MARZO DE 2009, RAD.85001-3184-001-2002-00197-01. 2 CORTE CONSTITUCIONAL, MAG. PTE. DR. JORGE ARANGO MEJÍA, SENTENCIA C-114 DE 21 DE MARZO DE 1996. 3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL, MAG. PTE. DR. CARLOS IGNACIO JARAMILLO JARAMILLO, SENTENCIA SC-108 DE 2005 DE JUNIO 1º DE 2005, EXP.7921. Titulación Tema Descargar