- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- TÍTULO EJECUTIVO COMPLEJO REQUISITOS DE FORMA Y DE FONDO - Para poder demandar ejecutivamente, las obligaciones deben constar en documentos auténticos provenientes del deudor, y además estas obligaciones deben estar consignadas de manera clara, expresa y exigible. / PROCESO EJECUTIVO - Le corresponde al ejecutante aportar con el escrito de postulación, el título ejecutivo que demuestre ab initio su condición de acreedor de la obligación cuya ejecución se pretende. / TESIS: No hay lugar a librar mandamiento de pago por concepto de los honorarios por los servicios profesionales prestados, teniendo en cuenta que los documentos aportados con la demanda no son idóneos para prestar mérito ejecutivo, pues por una parte el contrato individual de prestación de servicios profesionales, aunque cumple con el requisito de autenticidad, no es suficiente para por si solo detentar una obligación clara, expresa y exigible, por ser un contrato bilateral y estar condicionado al efectivo cumplimiento de su objeto y por otra, las copias simples de las providencias proferidas dentro del proceso ejecutivo laboral a continuación del ordinario, con las cuales se pretende conformar el título ejecutivo complejo, no tienen suficiente valor probatorio al no cumplir con los preceptos de autenticidad; ni se demostró el cumplimiento de la obligación contractual a cargo del ejecutante en virtud del contrato bilateral suscrito con la parte ejecutada, incumpliendo con ello las condiciones mínimas que debe reun