- Decisión
- REVOCA
- Descriptores
- ACCIÓN DE REINTEGRO EXCEPCIÓN PREVIA DE COSA JUZGADA - Requisitos. / TESIS: No hay lugar a declarar probado tal medio exceptivo, siendo que ninguno de sus elementos configurativos se encuentran acreditados, en tanto no se cumple con la identidad de causa y objeto entre el proceso de levantamiento de fuero sindical y el de reintegro, pues uno y otro buscan fines diferentes, ni existe identidad de partes. ACCIÓN DE REINTEGRO PRESCRIPCIÓN - Término. / PRESCRIPCIÓN INTERRUPCIÓN - La presentación de la demanda solo interrumpe la prescripción, si la notificación del auto admisorio se realiza dentro de los términos legalmente establecidos. / ACCION DE REINTEGRO - El llamamiento de las organizaciones sindicales se hace a título de litisconsortes necesarios, siendo indispensable la notificación a todos ellos del auto admisorio de la demanda. / EXCEPCIÓN PREVIA DE PRESCRIPCIÓN - Se configura. / TESIS: Teniendo en cuenta que en los procesos sobre fuero sindical, los sindicatos de los cuales haga parte el trabajador amparado tienen la calidad de parte en el proceso, su vinculación es obligatoria, debiéndoseles notificar el auto admisorio de la demanda en la misma oportunidad y forma procesal en la que se notifique al demandado principal y para efectos de interrumpir la prescripción se debe hacer dentro del año siguiente a la data de notificación al demandante de tal providencia; determinándose que esto no ocurrió en el presente asunto, pues no obstante la interposición de la demanda se r