- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA APELADA PROFERIDA POR EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA QUE NEGÓ LA PERTENENCIA.
- Descriptores
- PERTENENCIA DEL COMUNERO - Bien inmueble en usucapión es un bien herencial. / INTERVERSIÓN DEL TÍTULO - Ausencia probatoria. / TESIS: Para su viabilidad deben confluir dos elementos: el corpus, que es el componente objetivo, traducido en la realización de actos materiales que evidencien el ejercicio de una potestad de subordinación sobre el bien, y el animus, que es el componente subjetivo, demarcado por la voluntad de obrar con ánimo de señor y dueño. Sin ánimus no hay posesión - No se demostró que se produjo la interversión del título que ostentaba el causante, es decir, que abandonó la posición de poseedor de bien relicto a poseedor para sí propio. Fuente Formal : Código Civil art. 762, 779, 1401, 2325, 2327, 2328 \ Código General del Proceso art. 375 num. 3 Observaciones : SE INCORPORA EXTRACTO DE LA SENTENCIA. JURISPRUDENCIA RELACIONADA: -CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA SENTENCIAS DEL 30 DE MARZO DE 2006. EXP.1582; 21 DE FEBRERO DE 2011, EXP.05001-3103-007-2001,00263-01, CONSÚLTENSE EN EL MISMO SENTIDO LA SENTENCIA DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2013, EXP.11001-31-03-013-1999-0755901, DONDE SE TRAJO A COLACIÓN LA SENTENCIA DE 24 DE JUNIO DE 1997, EXP.4843. Titulación Tema Descargar Relevante