- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- RENDICIÓN DE CUENTAS - De herederos del causante en su condición de administrador de sociedad de hecho. Improcedencia. / CONFESIÓN FICTA - Su finalidad no tiene lugar cuando la inasistencia del demandado / TESIS: Tratándose de una pretensión declarativa como la invocada por los demandantes, le correspondía a estos, demostrar la existencia del derecho reclamado, o la obligación cuyo reconocimiento reclaman (artículo 1757 del Código Civil), esto es, el derecho que le asiste para reclamarle cuentas a los herederos del fallecido, de manera que, al no allegar tales demostraciones la pretensión atinente a la rendición de cuentas está llamada al fracaso. Fuente Formal : Código Civil art. 1757 Observaciones : CITA DOCTRINA: - COMENTARIOS AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL DE JOSÉ FERNANDO RAMÍREZ GÓMEZ Titulación Tema Descargar Relevante