- Decisión
- REVOCA SENTENCIA APELADA
- Descriptores
- ACCIÓN POSESORIA DE DESPOJO - Actos materiales que imposibilitan continuidad de actos posesorios ejercidos. Es suficiente la inminencia del ataque a la posesión. Se sanciona el mero hecho de la violencia y por ésta debe entenderse todo acto material realizado contra la voluntad del titular del poder de hecho. / CARGA DE LA PRUEBA - A cargo de parte demandante / PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN - Demanda debe interponerse dentro de los seis meses siguientes a la ocurrencia del despojo / TESIS: “(…) los requisitos esenciales para ejercer la acción de despojo a la posesión, los cuales son: (i) La acción debe ser ejercida por una persona que no tenga derechos reales sobre el bien y no pueda acceder a otra acción posesoria, (ii) Se debe demostrar la posesión y el despojo violento de la misma, y (iii) Debe interponerse la demanda dentro de los seis meses siguientes a la ocurrencia del despojo. Fuente Formal : Código Civil art. 984 \ Código de Procedimiento Civil art. 177 y 416 Observaciones : CITA DOCTRINA: -ARTURO VALENCIA ZEA, DERECHO CIVIL, TOMO II BIENES, UNDÉCIMA EDICIÓN. BOGOTÁ, EDITORIAL TEMIS, 2007, PÁGINA 125 Titulación Tema Descargar 42 de 47 F P 37383940414243444546 N E 10 20 50 Registros encontrados: 2350 Descargar Reporte ... Enviar por E-Mail ... Buscando...