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🌐 Tratado internacional

Protocolo para la Conservación y Administración de las Areas Marinas y Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste

1artículo1992
Aprobado porLey 12/1992LEY 12 DE 1992
  1. Artículo 2

    De conformidad con lo dispuesto en artículo 1º de la ley 7ª de 1944 el Protocolo para la Conservación y Administración de las Areas Marinas y Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste, firmado en Paipa, Colombia, el 21 de septiembre de 1989 que por el artículo 1º. de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional.