Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes
Artículo 2
Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes",De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el " Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes", hecho en Estocolmo el 22 de mayo de 2001, la "c orrección al artículo 1° del texto original en español", del 21 de febrero de 2003, y el " Anexo G. Al Convenio de Estocolmo ", del 6 de mayo de 2005, que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Artículo 3
La Presidenta del honorable Senado de la República, Nancy Patricia Gutiérrez Castañeda. El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Otero Dajud. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes Oscar Arboleda Palacio. El Secretario General (E.) de la honorable Cámara de Representantes, Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.