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🌐 Tratado internacional

Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de la Asociación de Estados del Caribe

1artículo2001
Aprobado porLey 703/2001LEY 703 DE 2001
  1. Artículo 2

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el Protocolo sobre privilegios e inmunidades de la asociación de estados del Caribe, hecho en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el 13 de diciembre de 1999, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.