PROTOCOLO FINAL DEL ACUERDO RELATIVO A GIROS POSTALES
Artículo 1
Los Países Miembros de la Unión Postal de las Américas y España erigirán un monumento en la ciudad de Bogotá, sede de la firma del Primer Convenio Postal Internacional entre las Repúblicas Americanas, en honor de Colombia, Ecuador y Venezuela y en memoria de los signatarios del mismo. En este monumento se tratarán de recoger motivos alusivos al correo aborigen y de la Colonia.
Artículo 2
El Gobierno de la República de Colombia se encargará de proveer los recursos técnicos y económicos para la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente y al efecto podrá avanzar hasta la suma de US$ 20.000, costo máximo del monumento. Este valor será sufragado por los Países Miembros de la Unión Postal de las Américas y España, en la misma proporción establecida para el pago de la cuota ordinaria para el mantenimiento de la Unión.
Artículo 3
Para la ejecución del monumento se formará un Comité ejecutivo presidido por un representante del Gobierno de la
Artículo 4
Este acuerdo será definitivo siempre que sea ratificado, por lo menos, por las dos terceras partes de los Países Miembros, con cargo a los cuales correrá la ejecución del monumento.
Artículo 5
De este monumento pueden solicitar réplicas los Países Miembros que lo deseen, con cargo a los mismos. En fe de lo resuelto, los Plenipotenciarios de los Gobiernos de los Países arriba citados, suscriben el presente acuerdo en la ciudad de Bogotá, capital de la