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🌐 Tratado internacional

Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

1artículo2005
Aprobado porLey 984/2005LEY 984 DE 2005
  1. Artículo 2

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el Protocolo facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el seis (6) de octubre de mil novecientos noventa y nueve (1999), que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional del mismo.