Tema · Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
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Recurso De Suplica Contra El Auto Del 12 De Juno De 2008, Dictado Por La Doctora Clara Ines Vargas Hernandez, Mediante El Cual Se Rechazo La Demanda De La Referencia Porque Los Argumentos Expuestos En El Escrito De Correccion No Fueron Suficientes Para Estructurar Los Cargos De Inexequibilidad. La Sala Confirma El Auto Suplicado Ante La Ausencia De La Correccion Ordenada.
Demandante: Jose Alonso Garrido Abad
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 20 De Marzo De 2007 Proferido Por El Magistrado Dr. Marco Gerardo Monroy Cabra De Rechazo De La Demanda. El Termino Para Presentar El Recurso De Suplica Es De Tres Dias Siguientes A La Notificacion Del Auto De Rechazo De La Demanda. Rechazado Por Extemporaneo
Demandante: Gildardo Palacio
Ponente: Nilson Elías Pinilla Pinilla
Recurso De Suplica Interpuesto Contra El Auto Del 19 De Diciembre De 2006 De Rechazo De La Demanda, Dictado Por El Magistrado Ponente Dr. Rodrigo Escobar Gil. Rechazado Por Extemporaneo
Demandante: Oscar Julio Rodriguez Romero
Ponente: Marco Gerardo Monroy Cabra
Recurso De Suplica Contra El Auto De Agosto 4 De 2006, Que Rechazó Demanda De Inconstitucionalidad. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda.
Demandante: Jairo Vásquez Valenzuela
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 16 De Junio De 2006, Proferido Por El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa Que Rechazo La Demanda Contra El Literal C Del Articulo 2 De La Ley 232 De 1995. Inexistencia De Argumentacion Del Recurso De Suplica. El Actor No Expone Ningun Argumento Dirigido A Controvertir Las Razones Que Sustentaron El Rechazo De La Demanda. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Jorge Alonso Garrido Abad
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 18 De Mayo De 2006, Proferido Por El Magistrado Manuel Jose Cepeda Espinosa, Que Rechazo La Demanda De Inconstitucionalidad Presentada Por Jose Dionisio Calderon. Inexistencia De Argumentacion Del Recurso De Suplica. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Jose Dionisio Calderon
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 30 De Marzo De 2006 Del Magistrado Alfredo Beltran Sierra Que Rechazo La Demanda De Inconstitucionalidad. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Julio Ernesto Hencker Arcila
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 31 De Marzo De 2006, Proferido Por El Magistrado Alvaro Tafur Galvis, Mediante El Cual Se Rechazo La Demanda Contra La Expresion "lo Anterior Siempre Y Cuando Tales Personas Naturales Cumplan Los Requisitos Legales Minimos Relacionados Con El Respectivo Analisis Del Riesgo Crediticio", Del Inciso 2 Del Literal N Del Articulo 1º De La Ley 795 De 2003. El Demandante Debe Responder Por Un Minimo De Diligencia Respecto A La Exposicion De La Argumentacion Que Debera Elevar En El Recurso De Suplica. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Andres Gomez Roldan
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Recurso De Súplica Presentado Contra El Auto Proferido Por El Magistrado Manuel José Cepeda Espinosa El 14 De Octubre De 2005, En Virtud Del Cual Rechazó La Demanda De Inconstitucionalidad. Confirma El Auto De Rechazó De La Demanda
Demandante: Luis Enrique Olivera Petro
Ponente: Jaime Córdoba Triviño
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 15 De Septiembre De 2005, Que Rechazo La Demanda Respecto Del Inciso Tercero Parcial, Del Articulo 882 Del Codigo De Comercio, En Cuanto A La Presunta Violación De Los Articulos 2, 13, 40, 95, 150-10 Y 241 A 244 De La Constitución. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Puno Alirio Correal Beltran
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 28 De Julio De 2005 Dictado Por La Magistrada Sustanciadora Doctora Clara Ines Vargas Hernández, De Rechazo De La Demanda. Opero La Perdida O Extincion De La Facultad De Impugnación Con Fundamento En El Principio Procesal De La Preclusión. Rechazado Por Improcedente
Demandante: Pedro Humberto Vargas Gomez
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 23 De Mayo De 2005 De Rechazo De La Demanda. Confirma En Todas Sus Partes El Auto Del 23 De Mayo De 2005
Demandante: Ricardo Alvarez Cubillos
Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 2 De Marzo De 2005, Dictado Por El Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto Que Rechazo La Demanda Incoada. Confirma La Decision De Rechazo De La Demanda
Demandante: Dolly Astrid Ospina Perez
Ponente: Alvaro Tafur Galvis
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 28 De Febrero De 2005, Dictado Por El Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto Que Rechazo La Demanda Incoada. Confirma La Decision De Rechazo De La Demanda
Demandante: Jose Rafael Cañon Alfonso
Ponente: Alvaro Tafur Galvis
Recurso De Suplica Interpuesto Contra El Auto De Febrero 4 De 2005, Proferido Por La Magistrada Sustanciadora En El Proceso De La Referencia, Doctora Clara Ines Vargas Hernández, Que Rechazo La Demanda. Confirmar El Auto De Rechazo De La Demanda
Demandante: Maria Gladys Varela Florez
Ponente: Jaime Araujo Rentería
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechazo Demanda Contra Articulo 1º Parcial Del Acto Legislativo No. 2 De 2003. Principio Dispositivo En El Recurso De Suplica. Sentido Y Alcance De Requisitos De Suficiencia Y Pertinencia En Demandas De Inconstitucionalidad. Confirma Auto De Rechazo
Demandante: Humberto Longas
Ponente: Rodrigo Uprimny Yepes
Recurso De Suplica Contra Numeral 1º De La Parte Resolutiva Del Auto Proferido Por El Magistrado Alvaro Tafur Galvis De Rechazo De La Demanda. Requisitos De La Demanda. Confirma Auto De Rechazo
Demandante: Carlos Alberto Rodríguez
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Recurso De Suplica. Contra Auto Que Rechaza Demanda. Ley 689 De 2001. Modifica Ley 142 De 1992. Servicios Publicos. Negada
Demandante: Eduardo Vasquez Rueda Y Otro
Ponente: Luis Eduardo Montealegre Lynett
Recurso De Suplica Contra Auto De Agosto 11/00. Decreto 1382/00 Reparto De Tutela
Demandante: Carlos Alberto Maya Restrepo Y Otro
Ponente: Alfredo Beltrán Sierra