Micelio
Sentencia de Tutela9 de noviembre de 2012

T-921 de 2012

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Astolfo Gomez Ortiz·Demandado Restaurante Cali Viejo Sa

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Particulares
  • Procedencia excepcional para pago de salarios
Accion De Tutela Para Reclamar Pago De Salarios Y Demas Acreencias Laborales
  • Improcedente por no estar en presencia de un perjuicio irremediable
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mínimo vital.

El accionante aduce que suscribió un contrato de trabajo con el Restaurante Cali Viejo S.A. y que en los últimos ocho meses no le han cancelado el sueldo bajo el argumento de no existir dinero para hacerlo.

La Sala analiza la procedencia de la acción de tutela para reclamar el pago de los salarios que un trabajador ha dejado de percibir, partiendo de la base de que se le vulnera su derecho al mínimo vital y declara la IMPROCEDENCIA del amparo solicitado, toda vez que no se demostró que la falta de pago de las obligaciones reclamadas y supuestamente adeudadas, representara la inminencia de un perjuicio irremediable.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. MODIFICAR el fallo proferido en mayo 28 de 2012 por el Juzgado Veintiuno Civil Municipal de Cali, en el sentido de DECLARAR IMPROCEDENTE la accion de tutela instaurada por Astolfo Gomez Ortiz, contra el Restaurante Cali Viejo S.A..
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.