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T-794/07
Aclaración parcial de votoSentencia de Tutela T-794/0727 de septiembre de 2007

Aclaración parcial de voto

MagistradoAlfredo Beltrán Sierra

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

aclaración parcial de voto del Magistrado Alfredo Beltrán Sierra, la Corte dispuso: “Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, la expresión “Tipifique la conducta de su alegación conclusiva, de una forma específica con miras a disminuir la pena”, contenida en el numeral 2 del artículo 350 de la Ley 906 de 2004, en el entendido que el fiscal no puede en ejercicio de esta facultad crear tipos penales; y que en todo caso, a los hechos invocados en su alegación conclusiva no les puede dar sino la calificación jurídica que corresponda conforme a la ley penal preexistente”. Ponencia presentada por la Defensoría del Pueblo en el marco de la discusión legislativa de la Ley de Infancia. Inciso corregido por el artículo 3. del Decreto 578 de 2007. Ver artículo 2469 del Código Civil Colombiano, así como el libro Régimen General de las Obligaciones. Ospina Fernández, Guillermo, Edit. Temis 1987. T- 453 de 2005. M . P. Manuel José Cepeda. C- 454 de 2006 M. P. Jaime Córdoba Triviño T-554 de 2003. M. P. Clara Inés Vargas Hernández. Cfr. Art. 33 del Conjunto de principios para la protección y promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad. C-454 de 2006.M. P. Jaime Córdoba Triviño.