Micelio
Sentencia de Tutela13 de agosto de 2004

T-775 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Eufredo Enrique Charris Sanjuanelo Vs. Dian

Tema · dato duro
Derecho A Acceder A La Justicia Y A Obtener Una Tutela Judicial Efectiva Dentro De Un Proceso De Cobro Adelantado Por La Dian En El Que Se Embargo Y Secuestro Un Bien Inmueble De Propiedad De La Sociedad Constructora Guadalcazar Ltda Y El Secuestre Nombra
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Consignación de los arriendos en depósito judicial a nombre del juzgado competente
Secuestre
  • Facultad para suscribir un nuevo contrato de arrendamiento y recibir los arriendos
Secuestro De Bien Inmueble
  • Custodia y administración del bien está a cargo del secuestre
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
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Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos decretada mediante al auto del dia 11 de marzo de 2004.
  2. Segundo. CONFIRMAR, parcialmente, por las razones expresadas, el fallo de tutela dictado por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, el 15 de septiembre de 2003, que denego la accion impetrada por el senor Eufredo Enrique Charris Sanjuanelo contra la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, pero amparar el derecho a acceder a la justicia y obtener una tutela judicial efectiva.
  3. Tercero. ORDENAR, como medida transitoria, a la DIAN y al secuestre del inmueble de propiedad de la Sociedad Guadalcazar que consignen en un deposito judicial, a nombre del Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil Municipal de Bogota, el monto de los canones recibidos - y que se reciban en el futuro - por cuenta del arrendamiento del mencionado inmueble. El destino final de esos dineros sera decidido por el Juzgado anotado, en el momento de proferir su sentencia dentro del proceso de restitucion de inmueble instaurado por Eufredo Enrique Charris Sanjuanelo contra Carlos Alberto Montes y otro. DISPONER que, por Secretaria General se comunique al Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil Municipal de Bogota esta sentencia.
  4. Cuarto. Para garantizar la efectividad de la accion de tutela, el Juez Diecinueve Penal del Circuito de Bogota notificara esta sentencia dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Quinto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli establecidos.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.