Micelio
Sentencia de Tutela11 de agosto de 1992

T-483 de 1992

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Jose Del Carmen Fajardo

Tema · dato duro
Principio De Subsidiariedad. Derecho Fundamental. Descansos Compesatorios. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. CONFIRMAR la sentencia del Honorable Tribunal del Distrito Judicial de Cartagena -Sala Laboral de Decisión- del 12 de Febrero de 1992, que a su vez confirma la del Juzgado
  4. Cuarto. Laboral del Circuito de Cartagena, que denegaron la acción de tutela promovida por JOSE DEL CARMEN FAJARDO BURGOS, por las razones precedentes.
  5. Segundo. COMUNÍQUESE al Juzgado
  6. Cuarto. Laboral del Circuito de Cartagena, la presente decisión para que sea notificada a las partes conforme lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.