Sentencia de Tutela4 de octubre de 1994
T-439 de 1994
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Angel Maria Amaya Y Otros
✓
Tema · dato duro
Libertad De Cultos. Ders De Contenido Patrimonial. Cierre Del Cementerio De B/Bermeja. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Culto
- Libre práctica
Libertad De Cultos
- Cierre de cementerio
4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. Revocar la sentencia del Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Barrancabermeja y, en su lugar, conceder la tutela solicitada por los señores Freddy Pérez Vásquez, Miguel Angel Amaya y Omar Cruz por la violación a su libertad de culto.
- SEGUNDO. Ordenar al señor Alcalde Municipal de Barrancabermeja reabrir el Cementerio Central de esa ciudad, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, y permitir que concurran allí quienes deseen, en razón de sus creencias, rendir culto a los muertos, hasta que la Administración Municipal, respetando los derechos de los particulares, complete en legal forma el traslado de los cadáveres que reposan en ese cementerio.
- Advertirle además al señor Alcalde, que en el futuro se abstenga de actuaciones como las que dieron origen a esta acción de tutela, so pena de las sanciones contempladas en el Decreto 2591 de 1991.
- TERCERO. Negar la tutela de los derechos de propiedad y tenencia a título de arriendo, de las bóvedas y criptas del Cementerio Central de Barrancabermeja, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- CUARTO. Comunicar la presente decisión al Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Barrancabermeja, para los efectos del artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.