Micelio
Sentencia de Tutela27 de septiembre de 1995

T-427 de 1995

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Nelly Edit Riveros Bernal

Tema · dato duro
Debido Proceso. Der. A La Educacion. Cambio Forzoso De Horario. Cocfe. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar el fallo proferido por el Juzgado
  2. Noveno. de Familia de Santafé de Bogotá el 26 de mayo de 1995; en su lugar, tutelar los derechos al debido proceso y a la educación de Nelly Edit Riveros Bernal, violados por la Corporación Colombiana de Formación Empresarial -COCFE- como quedó expuesto en la parte motiva de esta providencia.
  3. SEGUNDO. Ordenar a la Corporación Colombiana de Formación Empresarial -COCFE- que se abstenga de aplicar, y tenga como nula para todos los efectos, la sanción disciplinaria impuesta a Nelly Edit Riveros Bernal en clara violación de las normas constitucionales. En consecuencia, le permitirá continuar sus estudios en el horario para el cual se matriculó.
  4. TERCERO. Ordenar que por medio de la Secretaría General se remita copia de esta providencia al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-, a fin de que proceda a investigar lo de su competencia.
  5. CUARTO. Advertir a las directivas de la Corporación Colombiana de Formación Empresarial -COCFE-, que deben proceder a actualizar sus estatutos e introducir los correctivos necesarios en su actuación administrativa, para que no vuelvan a incurrir en violaciones de los derechos fundamentales de los estudiantes similares a las que originaron el presente proceso, so pena de las sanciones contempladas en el Decreto 2591 de 1991 para el desacato.
  6. QUINTO. Comunicar la presente providencia al Juzgado
  7. Noveno. de Familia de Santafé de Bogotá, para los efectos del artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Comuníquese, notifíquese, cúmplase, e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.