Sentencia de Tutela18 de mayo de 1999
T-354 de 1999
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Yenly Angelica Mendez Blanco
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida Y A La Educacion. Administracion De Planteles Educativos Por La Escuela De Artilleria. Ambiente Pacifico. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Educación
- Carencia de la preparación adecuada por docentes y actitud omisiva del Estado
Organizacion No Gubernamental De Derechos Humanos
- Presentación de tutela a favor de menores
Proceso Educativo
- Carencia de preparación adecuada por docentes
Establecimiento Educativo
- No constituye centro de operaciones castrenses que amenace la vida de menores
Ministerio De Educacion
- Inspección y vigilancia sobre idoneidad en el ejercicio de la docencia
Secretaria De Educacion
- Verificación si militares que desempeñan función docente cumplen requisitos de idoneidad
Servicio Publico Educativo
- Papel de las Fuerzas Militares
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. CONFIRMAR los fallos proferidos por el Juzgado Dieciseis de Familia de Santa Fe de Bogota, en cuanto concedio el amparo solicitado, y por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogota, en cuanto adiciono el fallo de primera instancia fijando el termino de 48 horas para iniciar las acciones tendientes al cumplimiento de lo resuelto por el mencionado juzgado.
- SE MODIFICA el alcance de la providencia confirmada, en el sentido de que no se dispone por esta Corte la salida masiva del personal militar de las instalaciones educativas sino la presencia exclusiva en ellas de personal docente, aunque pertenezca a la Fuerza Publica, siempre que acredite, a juicio de la Secretaria de Educacion del Distrito Capital de Santa Fe de Bogota, el pleno cumplimiento de los requisitos y grados academicos que exige la normatividad en vigor. Ninguna persona -militar o civil- a la que falten esos requisitos podra ejercer actividades de ensenanza dentro de los establecimientos educativos a los que se refiere este Fallo.
- Segundo. La Secretaria de Educacion del Distrito de Santa Fe de Bogota ejercera el control y vigilancia efectivos sobre la actividad docente en los planteles de la referencia. De la presente decision se enviara una copia al Ministerio de Educacion para que en relacion con el caso tambien ejerza efectivamente su funcion de inspeccion y vigilancia.
- Tercero. Las Fuerzas Militares, a traves del Comandante de la
- Decimo. Tercera Brigada y de la Escuela de Artilleria, acataran y obedeceran las decisiones de la Secretaria de Educacion y, en consecuencia, dejaran ejercer los cargos a los directivos docentes que por ella hayan sido nombrados. De la presente providencia se remitira copia dicho Comandante y a la Procuraduria General de la Nacion para lo de su cargo.
- Cuarto. Dentro del las instalaciones educativas solo se justifica la presencia de militares en funcion docente. El personal que la cumpla se abstendra de portar armas y de efectuar practicas o entrenamientos con explosivos o elementos de guerra, y no impondra a los estudiantes castigos propios de la disciplina castrense.
- Quinto. DESE cumplimiento a lo previsto por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.