Sentencia de Tutela23 de marzo de 2001
T-320 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Gustavo Torres Hernandez Y Otro Vs. Universidad Del Valle Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
Derechos De Persona De La Tercera Edad
- Protección
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de mesadas pensionales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sala de Familia del Tribunal Superior de Cali, proferidas dentro de las acciones de tutela instauradas por Gustavo Torres Hernandez y Melquisedec Acuna Rodriguez. En su lugar, CONCEDER la proteccion por solicitada por los accionantes.
- Segundo. ORDENAR al Rector de la UNIVERSIDAD DEL VALLE que en el termino de un (1) mes contado a partir de la notificacion de la presente providencia, si ya no lo hubiere hecho, proceda a cancelar la totalidad de las mesadas pensionales adeudadas a los demandantes, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. En caso contrario, dentro del mismo tiempo, debera agotar las acciones que le permitan atender lo ordenado.
- Para tal efecto, el Gobierno Nacional, a traves de los Ministerios de Educacion Nacional y de Hacienda y Credito Publico, asi como la administracion Departamental del Valle del Cauca, deberan continuar las acciones y politicas dirigidas a resolver los problemas estructurales de la Universidad del Valle, para permitirle a esa Institucion obtener los recursos que le posibiliten cumplir con sus obligaciones laborales.
- El Rector de la Universidad del Valle respondera personalmente por el cumplimiento exacto y oportuno de este fallo, bajo el apremio de las sanciones previstas por el articulo 52 del decreto 2591 de 1991.
- Tercero. PREVENIR a la Universidad del Valle para que en el futuro evite incurrir en las omisiones que generaron la instauracion de la presente accion de tutela.
- Cuarto. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-508/00Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Gobernacion De Nariño. Concedida.T-357/00Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Universidad Del Valle. Concedida.T-928/99Pago Salarios Y Mesadas Pensionales. Derecho Al Minimo Vital. Universidad Del Valle. Concedida.T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.