Micelio
Sentencia de Tutela6 de agosto de 1993

T-319 de 1993

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Zoraida Barreto

Tema · dato duro
Improcedencia De Accion De Tutela Para Obtener Orden De Dar Posesion A Funcionaria. Objecion Moral. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar el ordinal
  2. primero. de la parte resolutiva de la Sentencia de la Sala Laboral del H. Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, fechada el 29 de abril del presente ano, cuyo Magistrado Ponente fue el Dr. Guillermo L. Fajardo Alvarez, por las razones de improcedencia de la accion expuestas en la parte motiva.
  3. SEGUNDO. Confirmar en todas sus otras partes, la Sentencia identificada en el numeral anterior, por las razones antes expuestas.
  4. TERCERO. Hagase por la Secretaria General de la Corte, la comunicacion a la que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.