Sentencia de Tutela17 de junio de 1992
T-225 de 1992
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Gabriela Hernandez Y Otros.·Demandado Sin Información
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Derecho Al Espacio Publico. Vendedores Ambulantes De Ibague. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia
- Naturaleza
- Procedencia
- Trámite preferencial
Derecho Al Trabajo
- Coexistencia
11 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. CONFIRMAR la decisión de tutela del 12 de febrero de 1992 proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
- SEGUNDO. ADICIONAR la mencionada providencia en el sentido de ordenar a la autoridad local correspondiente que en el cumplimiento de la obligación de recuperar el espacio público, en desarrollo del Decreto 742 del 4 de diciembre de 1991, expedido por el Alcalde Municipal de Ibagué, tome las medidas adecuadas, necesarias y suficientes para reubicar a los vendedores ambulantes que se vean afectados por la medida, de modo que con ocasión del ejercicio de la actuación administrativa se arbitre una fórmula que permita la coexistencia de los derechos al espacio público y al trabajo.
- TERCERO. LIBRESE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.