Micelio
Sentencia de Tutela29 de mayo de 2026

T-153/26 de 2026

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Tema · dato duro
Protección Constitucional Y Prohibición De Maltrato Animal-Tutela Para La Salubridad Pública Derivada Del Abandono Y Hacinamiento De Animales. Hecho Sobreviniente En Lo Relativo Al Bienestar De Los Seres Sintientes
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El personero municipal de Roldanillo adujo que su derecho de petición resultó vulnerado por la respuesta incompleta y evasiva al requerimiento que formuló para que se mejorara y reforzara la infraestructura del refugio animal de la localidad, el cual constituye el único centro de bienestar para animales callejeros y abandonados, pero que presenta serios problemas en su infraestructura tales como filtraciones de agua, espacio insuficiente y condiciones de vida inadecuadas.

También pidió el suministro constante de alimentos e insumos básicos y el acompañamiento institucional y comunitario a dicha iniciativa.

Se analizó la siguiente temática: 1º.

El sentido y alcance del derecho de petición. 2º.

El marco normativo y jurisprudencial de protección de los animales, en especial de los que han sido abandonados o se encuentran en estado liminal y, 3º.

La obligación de las entidades territoriales relacionadas con la salud pública, la policía sanitaria y el control de fauna callejera.

Se AMPARÓ el derecho de petición y se declaró la carencia actual de objeto por situación sobreviniente respecto del derecho a gozar de un ambiente sano.

Ello, por cuanto la sede del refugio animal que operaba a partir de un contrato de arrendamiento entre la persona cuidadora y el depositario provisional del bien, terminó por disposición judicial.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.