T-150 de 2025
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Georgina Quiroga Melo·Demandado Secretaria De Educación De Girardot
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ligado a otros derechos fundamentales como el derecho a escoger libremente oficio o profesión
- Aplicación de principios de buena fe y confianza legítima en trámite de legalización de documentos de estudio
- Procedencia de la acción de tutela para su protección
- Fundamental tanto para los menores de edad como para los adultos
- Contenido y alcance
- Como límite en la actuación del Estado respecto de los administrados
- Tiene fundamento en el principio de buena fe
- Acceso de menor de edad
- Derecho fundamental y servicio público con función social
- Reiteración jurisprudencial
- Características
- Aplicación en el cumplimiento de sus funciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso la vulneración de derechos fundamentales se atribuyó a la negativa de lase entidades accionadas de legalizar, con fines de apostilla, los documentos de estudio que la acreditaban como bachiller y que requería para poder ingresar a una institución educativa superior en la ciudad de Barcelona (España), donde actualmente reside, bajo el argumento de evidenciar la existencia de una defraudación de la accionante y de su familia, porque se matriculó en un establecimiento para adultos, siendo menor de edad y sin cumplir los requisitos legales establecidos para ello, lo cual podría conllevar sanciones disciplinarias.
Se analizó temática relacionada con el derecho fundamental a la educación y el principio de confianza legítima en materia de educación.
Se CONCEDIÓ el amparo invocado y se precisó que, la secretaría de educación accionada no solo desconoció las expectativas legítimas que se le generaron a la actora, sino que, además, de manera arbitraria y sin que mediara una actuación para ello, negó la solicitud que le formuló respecto de un título que todavía se presumía válido, y se obtuvo a partir de la aplicación excepcional de la jurisprudencia constitucional referente a que los menores de edad concluyan sus estudios en instituciones que prestan dicho servicio para adultos, en el caso en el que se deba trabajar para consolidar una mejor calidad de vida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 27 de agosto de 2024 proferida por el Juzgado 2° Penal del Circuito de Girardot, que a su turno revocó la sentencia del 17 de julio del año en cita dictada por el Juzgado 1° Penal Municipal de Girardot, por lo que se negó el amparo solicitado por la joven Georgina Quiroga Melo. En su lugar, AMPARAR el derecho a la educación de la accionante.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría de Educación de Girardot que, en el término de tres (3) días contados a partir de la notificación de esta providencia, realice el trámite de legalización de documentos de estudio con fines de apostilla de Georgina Quiroga Melo.
- TERCERO. LIBRAR por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991, así como DISPONER las notificaciones a las partes e intervinientes en el proceso de tutela, previstas en el mencionado artículo, por medio del Juzgado 1° Penal Municipal de Girardot, que fungió como juez de primera instancia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.