Micelio
Sentencia de Tutela16 de abril de 1993

T-137 de 1993

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Alexander Diaz C.

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Retencion De Una Motocicleta Por La Sijin (Cucuta). Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
  2. R E S U E L V E:
  3. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 3 de noviembre de 1992, proferida por el juzgado
  4. noveno. penal del circuito de Cúcuta, mediante la cual se negó la tutela del derecho de petición solicitada por ALEXANDER DIAZ CARRILLO contra el comandante de la policía Sijin-Denor de la ciudad de Cúcuta y el Procurador regional del Norte de Santander, por las razones expresadas en el presente fallo.
  5. SEGUNDO. COMUNICAR al juzgado
  6. noveno. penal del circuito de Cúcuta, la presente decisión para que sea notificada a las partes, conforme lo ordena el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.