Sentencia de Tutela16 de abril de 1993
T-137 de 1993
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Alexander Diaz C.
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Retencion De Una Motocicleta Por La Sijin (Cucuta). Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
- R E S U E L V E:
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del 3 de noviembre de 1992, proferida por el juzgado
- noveno. penal del circuito de Cúcuta, mediante la cual se negó la tutela del derecho de petición solicitada por ALEXANDER DIAZ CARRILLO contra el comandante de la policía Sijin-Denor de la ciudad de Cúcuta y el Procurador regional del Norte de Santander, por las razones expresadas en el presente fallo.
- SEGUNDO. COMUNICAR al juzgado
- noveno. penal del circuito de Cúcuta, la presente decisión para que sea notificada a las partes, conforme lo ordena el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.