T-137/26 de 2026
Ponente Carlos Camargo Assis
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Los accionantes, catorce en total, alegaron que la Superintendencia de Sociedades vulneró derechos fundamentales, como consecuencia de dos actuaciones realizadas en el marco de un proceso de liquidación adelantado en contra de la sociedad Inproincol SAS en liquidación, mediante las cuales decidió no incluir en el Proyecto de Reconocimiento, Graduación de Créditos y Derechos de Votos los presuntos contratos de trabajo y los presuntos acuerdos de transacción laboral aportados al proceso liquidatorio en su contra.
Luego de analizar el cumplimiento de los presupuestos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales la Sala constató que no se satisfizo el de relevancia constitucional.
Ello, porque (i) el debate planteado recayó sobre un asunto meramente legal, de connotación patrimonial y privada; (ii) el asunto no involucró algún debate jurídico que girara en torno al contenido, alcance y goce de algún derecho fundamental y, (iii) la pretensión de la tutela estuvo fundamentada en la vulneración del derecho fundamental del debido proceso lo cual, en principio, no ocurrió.
Aunado a lo anterior, se verificó que no se acreditó el requisito de subsidiariedad, en tanto los actores pueden acudir ante la jurisdicción ordinaria laboral a fin de dirimir las controversias relacionadas con la existencia de la presunta relación laboral y no se advirtieron situaciones especiales que los cataloguen como sujetos de especial protección en esta controversia.
Por último, la Corte encontró que la parte actora tampoco cumplió con el requisito de identificar de manera razonable los hechos que generaron la afectación, los derechos vulnerados y la lesión en el proceso judicial.
Con base en lo anterior, se NEGÓ el amparo solicitado.