T-133/26 de 2026
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso se cuestionaron decisiones judiciales adoptadas al interior del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el actor en contra de dos decretos mediantes los cuales el Gobierno Nacional dispuso el ascenso de un personal de oficiales de la Armanda Nacional y no se ordenó su ascenso al grado de capital de navío.
En su criterio, los actos administrativos fueron expedidos con infracción de las normas en que debían fundarse, falsa motivación y desviación del poder.
De manera particular se adujo que incurrieron en (i) defecto fáctico, por la indebida valoración de las pruebas aportadas al proceso y por el hecho de que no se hubiera llamado a declarar a la parte demandante.
(ii) defecto sustantivo por la indebida aplicación de varios artículos del Decreto 1799 de 2000, que regulan la evaluación y clasificación del personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares y, (iii) desconocimiento del precedente constitucional que debieron ser observados y aplicados por las autoridades judiciales accionadas.
Se verificó el cumplimiento de los presupuestos de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y se analizó temática relacionada con el debido proceso administrativo, las normas que regulan la evaluación, clasificación y ascenso de los oficiales de las Fuerzas Militares y la discrecionalidad en el ascenso de los miembros de la precitada institución.
Luego de encontrar acreditada la vulneración alegada, la Corte decidió CONCEDER el amparo invocado, dejar sin efectos los fallos censurados y ordenar al Tribunal accionado proferir una nueva providencia que atienda estrictamente los fundamentos expuestos en esta decisión.