Sentencia de Tutela21 de marzo de 1995
T-124 de 1995
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Juana Carlota Fuertes Jacome
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Der. De Peticion. Fondo Prestacional Del Magisterio. Cirugia De Cadera. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Debido Proceso Administrativo
- Práctica de cirugía
- Vulneración
Asistencia Medica
- Cobertura familiar
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Pasto, el 14 de septiembre de 1994 en todas sus partes.
- Segundo. Tutelar el derecho al debido proceso de la demandante Juana Carlota Fuertes Jácome, frente al Fondo Prestacional del Magisterio y Empleados de la Educación de Nariño, para lo cual se ordena a la Doctora Lucía del Socorro Basante de Oliva, en su condición de Gerente del Fondo Prestacional del Magisterio, que, en un término no superior a treinta (30) días a la notificación de esta providencia, disponga lo necesario para que la actora sea sometida a una cirugía de implantación de prótesis de cadera, incluyendo los gastos que ocasione la intervención, el valor y suministro de la prótesis y el tratamiento pos-operatorio de rehabilitación.
- Tercero. Comuníquese el presente fallo al Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Pasto, para los efectos del artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.