Micelio
Sentencia de Tutela12 de febrero de 2004

T-113 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Lina Maria Restrepo Viña Vs. Cafesalud

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Persona Con Diabetes. Solicitud Realizacion Trasplante De Pancreas Y Riñon Prescrito Por Medico Tratante No Incluido En El Pos. Regimen Contributivo. Accion De Repeticion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Conexidad con la vida
Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Transplante simultáneo de riñón y páncreas
Entidad Promotora De Salud
  • Autorización transplante simultáneo de riñón y páncreas
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Transplante simultáneo de riñón y páncreas
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Modificar la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal Municipal de Ibagué el 13 de agosto de 2002 y la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Segundo. Penal de Circuito de esa ciudad el 23 de septiembre de 2003.
  4. Segundo. Tutelar los derechos fundamentales a la salud y a la vida de Lina María Restrepo Viña. Ordenarle a CAFESALUD EPS que en el término de dos días autorice la realización del trasplante reno-pancreático requerido por aquella.
  5. Tercero. Disponer que a CAFESALUD EPS le asiste el derecho de repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantía, subcuenta de compensaciones del régimen contributivo, aquellos gastos adicionales en que incurra con ocasión de los procedimientos, exámenes, medicamentos o insumos excluidos del POS que le sean realizados o entregados a la actora.
  6. Cuarto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.