Micelio
Sentencia de Tutela6 de abril de 2026

T-072/26 de 2026

Ponente Lina Marcela Escobar Martínez

Tema · dato duro
Derecho A La Pensión De Invalidez (Seguridad Social, Debido Proceso Y Mínimo Vital)-Controversia Sobre Pérdida De Capacidad Laboral Y Pago De Incapacidades Médicas Por Enfermedad Catastrófica.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante, una mujer que tiene cáncer de recto y es tratada por esta patología, alegó que las entidades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales al negar el pago de incapacidades a pesar de tener acumulados 1164 días de incapacidad; negar el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez e incurrir en mora de medicamentos, citas y transporte.

De manera específica la actora le pidió al juez de tutela ordenar una nueva revisión del dictamen de pérdida de capacidad laboral con la modificación de la fecha de estructuración, el reconocimiento de la pensión de invalidez, el pago de incapacidades adeudades y la garantía de atención integral en salud.

Se analizó jurisprudencia relacionada con incapacidades médicas, pensión de invalidez, debido proceso en dictámenes de pérdida de capacidad laboral y el derecho fundamental a la salud, especialmente frente a sujetos de especial protección constitucional.

Se declaró la carencia actual de objeto por situación sobreviniente respecto de la revisión del dictamen, en la medida en que se inició un nuevo proceso de calificación.

Se negó el amparo en lo relacionado con la pretensión del pago de incapacidades, por cuanto se verificó que éstas fueron canceladas.

Respecto a las demás pretensiones se decidió ordenar de manera transitoria el reconocimiento y pago de la prestación reclamada, hasta tanto se resuelva de manera definitiva su reconocimiento, una vez el dictamen se encuentre en firme.

Así mismo, se ordenó verificar la totalidad de servicios médicos que han sido prescritos y no realizados, para que éstos se materialicen a través de la prestación de un servicio integral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.