Aclaración de voto a la Sentencia SU-645 97ACCION DE TUTELA TRANSITORIA PARA RECONOCIMIENTO DE SUSTITUCION PENSIONAL-No implica admisión de responsabilidad objeto de proceso ordinario (Aclaración de voto)Referencia: Expediente T-140739Acción de tutela de Luisa Fernanda Zuluaga Laserna y Otra contra la Clínica Palermo de Bogotá.El suscrito Magistrado formuló aclaración de voto para precisar que en su concepto, aunque está de acuerdo con la parte resolutiva de la sentencia y sus motivaciones, en lo concerniente a la aplicación del principio de solidaridad (artículo 1 de la CP), y a que se presten los servicios médicos requeridos, mientras la jurisdicción ordinaria decide el litigio, estima que dicho reconocimiento no conlleva a la admisión de responsabilidad o negligencia por parte de la accionada, que no aparece acreditada a su juicio, mediante el ejercicio de la acción de tutela.Fecha ut supra,HERNANDO HERRERA VERGARAMagistrado
Aclaración de voto
MagistradoHernando Herrera Vergara
Tema de la sentencia: Der. A La Salud. Contagio De Sida Por Transfusion. Clinica Palermo. Atencion Medica Quirurgica Y Hospitalaria. Concedida.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado