SU- de 2000
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Custodio Jacinto Mora Medina Y Otros Vs. Presidente De La Republica Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Imposibilidad de modificar presupuesto para incremento salarial de servidores públicos
- Naturaleza
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR los fallos proferidos por el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca -secciones 1a, 2a y 4a-, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague -Sala Civil-, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira -Sala de Familia-, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia -Sala Laboral-, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga -Sala Civil- y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, -Sala Laboral- en las acciones de tutela correspondientes a los expedientes T-306951, T-307842, T-307841, T-307840, T-307839, T-307838, T-307837, T-307836, T-307803, T-307734, T-307733, T-307411, T-307410, T-307409, T-306954, T-306952, T-308827, T-308688, T-308654, T-308653, T-308652, T-308607, T-308413, T-308144, T-308124, T-307843, T-307354, T-306971, T-307346, T-307345, T-307343, T-307333, T-307201, T-307014, T-307000, T-306999.
- Segundo. RECOMENDAR al Gobierno Nacional que, cuando las circunstancias lo permitan, expida los decretos que determinen el aumento salarial a partir del 1deg de enero del ano 2000 para los empleados publicos y oficiales con el proposito de que los salarios de todos los servidores publicos conserven el poder adquisitivo de los mismos.
- Tercero. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.