Aclaración de voto a la Sentencia C-817 04Referencia: expediente D-5091Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo 2 de 2003, “por medio del cual se modifican los artículos 15, 24, 28 y 250 de la Constitución Política de Colombia para enfrentar el terrorismo”Magistrado Ponente: JAIME CÓRDOBA TRIVIÑOTeniendo en consideración mi salvamento de voto en relación con la decisión adoptada mediante sentencia C-816 04, por medio de la cual se resolvió declarar inexequible el Acto legislativo Número 02 de 2003, “por medio del cual se modifican los artículos 15, 24, 28 y 250 de la Constitución Política de Colombia para enfrentar el terrorismo”, me permito aclarar el voto en el sentido que se ha compartido la decisión acogida por la mayoría por acatamiento al principio de la cosa juzgada constitucional, sin embargo, me remito a las razones expuestas en dicho salvamento para sustentar la exequibilidad del acto legislativo del a referencia.Fecha ut supra,RODRIGO ESCOBAR GILMagistrado ---pies de página---
Aclaración de voto
MagistradoRodrigo Escobar Gil
Tema de la sentencia: Cosa Juzgada Constitucional En Acto Legislativo Para “enfrentar El Terrorismo”
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado