C-771 de 1998
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Francia Lucia Diaz Cardozo Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prohibición de introducir residuos nucleares y desechos tóxicos
- No prohibe introducir desechos peligrosos distintos de los tóxicos y nucleares
- Protección
- Responsabilidad por manejo inadecuado de productos peligrosos
- Prohibición
- Asignación de recursos para controlar el ingreso ilícito de desechos peligrosos
- Prohibición de ingresar o importar desechos peligrosos sin cumplir los procedimientos establecidos
- Prohibición
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 430/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E :
- Declarar EXEQUIBLES los apartes demandados de los articulos 2, 3, 4, 5 y 6 de la ley 430 de 1998, siempre y cuando se entienda que las sustancias peligrosas a que ellos aluden son, ademas de las senaladas expresamente en el articulo 81 de la Constitucion, todas aquellas que no pudiendo ser manejadas en una forma apropiada resulten lesivas de derechos fundamentales tales como la salud, vida e integridad fisica de las personas, el medio ambiente o cualquier otro. .
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.